¿Eres comprador internacional y no sabes qué es el CISG?  

CISG - Contratos de Compra y Venta Internacionales

¿Eres comprador internacional y no sabes qué es el CISG?  

 ¡Tienes que leer este blog ahora!

 
 

La gran mayoría de empresas que ejecutan compras internacionales desconocen el marco legal sobre el cual se fundamentan estas operaciones. Es muy normal ver como compañías PYMES ejecutan órdenes de compra con proveedores internacionales de manera informal negociando a través de emails, mensajes de whatsapp o a través de servicios de chat en plataformas de comercio electrónico; esto sin lugar a duda es un riesgo que ninguna empresa debe dejar en el aire sin gestionar.  

EL CISG Y SU IMPORTANCIA EN LAS COMPRAS INTERNACIONALES 

El CISG es el convenio de las naciones unidas sobre los contratos de compraventa internacional, el cual se compone de 101 artículos que regulan la formación, ejecución y resolución. Hasta abril del 2021, 94 países han ratificado el CISG como la normativa legal que reglamenta estos contratos; Colombia ratificó este convenio desde el año 2001, por lo cual, es de vital importancia conocerlo a detalle y entender cómo sacar el mejor provecho de este.  

La importancia del CISG radica en que todas las transacciones de compraventa internacional se regulan bajo este parámetro, es decir, independientemente de que exista o no exista un contrato formal con las cláusulas sugeridas o mínimas básicas, el CISG es el marco legal sobre la cual se evaluará cualquier contrato. En este orden de ideas, el CISG aplicará lo conozcas o no, entonces… es mucho mejor si lo conocemos. 

LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL: HERRAMIENTA PARA MINIMIZAR EL RIESGO 

Existen mucho desconocimiento sobre cómo se conforma un contrato de compraventa internacional, de hecho, muchos piensan que la factura comercial es en sí un contrato y aunque esto es parcialmente cierto, el contrato de compraventa internacional nace en una etapa mucho más temprana de la negociación.  

Es tanto el desconocimiento a nivel general en la materia, que es común ver dentro del gremio de compradores internacionales que se confunda a los INCOTERMS con las cláusulas de un contrato de compraventa internacional. Si bien es cierto, los INCOTERMS son un elemento fundamental dentro de las cláusulas del mismo, el espectro que cubre el CISG es mucho más amplio y cubre en realidad todos los aspectos de la negociación entre un proveedor y un comprador internacional. 

Factura Proforma parámetros CISG
Foto 1

En la foto 1 vemos una factura proforma estándar, la cual incluye información básica de la negociación como:  

  • Vendedor y Comprador 
  • Descripción de los productos 
  • Precio Unitario y subtotales 
  • Incoterm 
  • Moneda de negociación 
  • Términos de pago 
  • Fecha estimada de entrega/embarque 
  • Información bancaria del vendedor 

Esta información es básica, pero insuficiente. Ejecutar una orden de compra internacional solo bajo los especificados en este documento no es lo correcto, pues expone al comprador a riesgos de incumplimiento y deja muchas facetas del negocio sin definir abriendo espacio para conflictos comerciales que pueden generar pérdidas económicas para las partes.  

De acuerdo con lo estipulado en el CISG, es necesario incluir, al menos, las siguientes cláusulas dentro del contrato de compraventa internacional:  

  • Comprador y Vendedor 
  • Descripción de los productos 
  • Precio de los productos y valor total del contrato 
  • Términos de Entrega 
  • Tiempo de Entrega 
  • Términos de Inspección por parte del comprador 
  • Retención del Título de Propiedad 
  • Condiciones de Pago 
  • Documentación que debe ser entregada por parte del Vendedor 
  • Fecha de Cancelación del Contrato 
  • Limitaciones de responsabilidad 
  • Ley aplicable (Mas allá del CISG)
  • Resolución de Conflictos 
  • Force Majeure 
  • Anexos técnicos (Descripción técnica detallada de los productos) 

BENEFICIOS  

Con estas cláusulas dentro de tu contrato de compraventa internacional, tendrás la tranquilidad como comprador que estarás cumpliendo con el marco legal aplicable a nivel internacional y al negociar cada uno de estos puntos, tendrás un menor riesgo de confusiones en la relación comercial con tu proveedor y por lo tanto menos disputas con conflictos que puedan afectar la rentabilidad y sostenibilidad de tu importación.  

Otro de los beneficios de elaborar un contrato de compraventa internacional de acuerdo con lo expuesto por el CISG, es el hecho de poder contar con una cláusula de resolución de conflictos, la cual, te permitirá diseñar con antelación un protocolo para solucionar cualquier novedad que se presente con tu proveedor. De igual manera, te abrirá alternativas como los centros de conciliación y arbitraje internacional los cuales son un mecanismo muy interesante y práctico para dar solución a conflictos y darle peso legal a los mismos.  

Dentro de esta alternativa, los centros de conciliación y arbitraje de la cámara de comercio internacional pueden llegar a ser un aliado clave para fortalecer el peso legal de tus contratos de compraventa internacional. Vale la pena mencionar que la cámara de comercio internacional tiene presencia en Colombia a través de la Cámara de Comercio de Bogotá, lo cual hace que puedas contar con expertos en solución de conflictos internacionales que pueden ayudarte con cualquier situación que se presente con tus negociaciones. 

CÓMO IMPLEMENTARLO 

Es normal que muchas pymes no tengan acceso a la elaboración de contratos de compraventa internacional bajo los parámetros del CISG; sin embargo, existen opciones que pueden implementarse de la mano de expertos como Trading Plus. A lo largo de nuestra experiencia en compras internacionales hemos logrado implementar contratos que se encuentran avalados por expertos internacionales y cumplen con todos los parámetros requeridos; la implementación de estos contratos lo incluimos de manera gratuita en todos nuestros procesos, puesto que entendemos que la elaboración de un contrato adecuado es el punto de inicio de una operación segura. 

Es importante para concluir, que el CISG es un convenio extenso y complejo, que debe ser analizado adecuadamente por expertos para a partir de este llegar a un modelo de contrato de compraventa internacional que sea aplicable, relevante y además justo con todas las contrapartes, pues si el contrato va a ser usado solo para el beneficio de una de ellas, es muy probable que cause el efecto contrario que se quiere y termine por dañar el negocio.  

Esperamos que este blog incremente su conocimiento y que los lleve a seguir investigando a mayor profundidad en esta materia tan apasionante como lo son las compras internacionales y los contratos de compraventa internacional.  

¿qué otros temas quieren que cubramos en nuestro blog? Los leo en los comentarios.

 

 

 

 

Si tienen alguna duda o quisieran un acompañamiento personalizado para sus procesos de negociación, no duden en contactarnos a [email protected].

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
💬 ¿Necesitas ayuda?
Hola
¿En qué podemos ayudarte?